Convocatoria a asamblea general ordinaria de Abopa

   Cumpliendo con lo establecido en el art. trigésimoprimero de los estatutos generales la comisión directiva de la Asociación Bonaerense de Periodistas Agropecuarios (Abopa) se convoca a todos los socios activos a la Asamblea General Ordinaria que se realizará el día 29 de marzo de 2019 a las 12 horas en el Hotel Ribera Sur, ubicado en Ayacucho 3616, de la ciudad de Mar del Plata (partido de General Pueyrredón), a fin de tratar los siguientes temas, según este orden del día:

  1º) Designación de dos (2) socios activos presentes para firmar el Acta de la Asamblea.

   2°) Aprobación de la Memoria y Balance General, Anexos, Cuentas, Gastos, y Anexos al 31/12/2018.

   3°) Informe de la Comisión Revisora de Cuentas correspondiente al 31/12/2018.

   El comunicado, del 27 de febrero de 2019, lleva las firmas del presidente de Abopa, Rodolfo Alberto Bianchi y del secretario de Abopa, Marcelo Daniel García.

Nota:

   ARTICULO TRIGESIMOPRIMERO: Las Asambleas se notificarán con veinte (20) días de anticipación, mediante notas cursadas a cada uno de los de los socios al último domicilio conocido en la Entidad, cuando el número de asociados en condiciones de votar fuere inferior a cincuenta.
Si fuere superior a ese número se hará por el medio anteriormente mencionado o medio electrónico o por dos (2) publicaciones periodísticas, realizadas con la anticipación dispuesta en diarios de indiscutida circulación en el partido donde tiene su domicilio la Entidad, y avisos en la sede social. El Secretario deberá documentar el cumplimiento en término del procedimiento adoptado. En el momento de ponerse el aviso en la sede, se tendrá en Secretaría, con el horario que fije la Comisión Directiva y siempre que deban ser considerados por la Asamblea: un ejemplar de la Memoria, Inventario y Balance general, Cuadro de Gastos, Recursos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas. En casa de considerarse reformas se tendrá un proyecto de las
mismas a disposición de los asociados. En las Asambleas no podrán tratarse asuntos no incluidos en el orden del día correspondiente, salvo lo dispuesto en el art. 17°.

ARTICULO TRIGESIMOSEGUNDO: En la primera convocatoria las Asambleas se celebrarán con la presencia del 51 % de los socios con derecho a voto. Una hora después, si no se hubiese conseguido ese número, se declarará legalmente constituida cuando se encuentren presentes asociados en número igual a la suma de los titulares y suplentes de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas más uno, si la sociedad contara a la fecha de la Asamblea con
menos de cien (100) socios. Si superase esa cantidad podrá sesionar en segunda convocatoria con no menos del 20 % de los socios con derecho a voto.

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